este Tribunal CONDENA al ciudadano GREIZON EDUARDO DURAN RIVAS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 16.949.971, soltero, 30 años de edad, Chofer, residenciado en Calle principal, del Caserío Arenales, vía Las Velas, Municipio Peña, Estado Yaracuy, por la comisión del delito de de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionados en el articulo 409 del Código Penal, en concordancia con el articulo 249 y 250 del reglamento de Ley de Transito Terrestre, en perjuicio de CAMILO JUNIO ALVAREZ MENDEZ, y CARLOS JAVIER MUJICA GARCIA, de conformidad con el artículo 330 ordinal segundo del Código Orgánico Procesal Penal.