declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos, con base en los artículos 185 del Código Civil y 765 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos JOHNNY GREGORIO CASTILLO MARRUFO y KARELYS CAROLINA PINTO AGUIAR, plenamente identificados ut supra, contraído por ante la Coordinación Municipal de Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, anotado en los Libros de Registro Civil de Matrimonios bajo el Nº 53, Folio 155, de fecha 12 de agosto de 2006. Liquídese la sociedad conyugal si la hubiere.
Se ordena librar Oficios a la Coordinación Municipal de Registro Civil del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, y al Registro Principal del Estado Yaracuy, anexando copia certificada de la presente sentencia, a los fines de dar cumplimiento a los artículo 475, 506 y 507 del Código Civil; por lo que a tenor de lo previsto en los artículos 111 y 112 ejusdem, expídanse por Secretaria las copias fotostátic.....