Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley;
DECLARA
PRIMERO: CON LUGAR; la solicitud de Divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano Vigente, interpuesta por los ciudadanos: MANUEL SIMON TORRES PARADA y RAIZA ARACELIS GOMEZ MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V-8.514.103 y V-12.082.832 respectivamente.