En razón de lo expuesto este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACIÓN anunciado por la Abogada JOSE UBARDINE PALENCIA ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 7.053.169, Abogado en ejercicio, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 25.979, contra la sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha catorce (14) de Febrero de 2025, de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 312 y el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, diarícese