DISPOSITIVA: Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia, en funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, por la imposibilidad jurídica y material para incorporar elementos a la presente investigación; en la cual se encuentra como imputado PERSONA DESCONCIDA; en perjuicio del ciudadano GERMAN DE JESÚS PRIETO, titular de la cédula de identidad N° 8.019.028, residenciado en la vereda 56, casa N° 06, sector II, Urb. Páez, El Vigía, Estado Mérida; con fundamento legal en los artículos 2, 26,51, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los artículos 173, 318 numeral 4, 320, 323 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión al Fiscal de Transición del Ministerio Público y a la Víctima. En cas.....