Decisión
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La aprehensión en situación de flagrancia del imputado CARLOS ENRIQUE ALBORNOZ ZAMBRANO, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en los artículo 218, 413 y 277 del vigente Código Penal; y NILSON JESUS NIÑO SALAS, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en los artículo 218 y 413 del Código Penal. RENE ROJAS; por considerar que se dan los supuestos establecidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Acuerda aplicar el procedimiento abreviado, según el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena remitir las presentes a.....