UNICO
Visto el escrito suscrito por el Abogado BALMORE ACEVEDO, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Empresa Demandada, mediante la cual solicita se decrete la perención de la presente causa, este Tribunal observa lo siguiente:
La presente causa, en fecha 18 de mayo de 2006 fue admitida, y se ordenó el emplazamiento de la empresa demanda, desde la citada fecha, hasta el día 16 de junio de 2006, transcurrieron 29 días continuos, de los 30 que le otorga el Tribunal, conforme a la sentencia dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 06 de julio de 2004 al demandante, para que coloque a la disposición del Alguacil los medios necesarios para la practica de dicha citación, actividad procesal debidamente cumplida por el actor, en la citada fecha 16 de junio de 2006, cuando la apoderada actora interrumpe por medio de la diligencia inserta al folio (52) la perención que alega la parte demandada en su escrito. Considera este Tr.....