"...este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A, interpuesta por los ciudadanos Mary Josefina Vergara Paredes y Sebastian Enrique Provenzano Randazzo, plenamente identificados en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron por ante la Prefectura Civil de Pueblo Llano, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, en fecha 31 de mayo de 2002, según acta nº 18. Así se decide..."