este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, presentada por los ciudadanos Manuel Alberto Fuentes Peralta y Nereida Pastora Jiménez de Fuentes, Plenamente identificados en autos, y DECRETA la disolución del vinculo matrimonial contraído entre ellos en fecha veintiséis (26) septiembre de 1981, por ante primera autoridad Civil del Distrito Bruzual del Estado Yaracuy, según consta en acta de matrimonio Nº 92, folio 82 vto, tomo II que corre inserta en el Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por esa Oficina para el año 1981.