PRIMERO:INADMISIBLE la presente acción de DESALOJO DE VIVIENDA, suscrita y presentada por la ciudadana EVA DEYANIRA FLORIS MONASTERIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.509.488, en su condición de apoderada de la ciudadana YANIXIA JOSEFINA MONASTERIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.809.849, tal como se muestra en instrumento otorgado ante el ciudadano MANUEL RIUS BERDU, Notario de Burjassot, del ilustre colegio Notarial de Valencia España, legalmente apostillado, según convención de la Haya de fecha 05 de octubre de 1961, del cual Venezuela es firmante, apostilla esta otorgada bajo el N° N9101/2025/000487, en fecha 14 de enero de 2025, por no llenar las formalidades exigidas por el ordenamiento jurídico.
SEGUNDO:Una vez quede firme la presente decisión se acuerda devolver los originales cursante en autos y en su lugar dejar copias certificadas, una vez la parte provea los emolumentos necesarios para la misma.
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