se ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conforme al artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante cartel de notificación, con entrega de compulsa, a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO AUTONOMO INDEPENDENCIA DEL ESTADO YARACUY, en la persona del SÍNDICO PROCURADOR MUNICIPAL de dicha alcaldía, representante legal de la misma, con domicilio en la sede de la Alcaldía del Municipio Independencia del Estado Yaracuy: 5ta. Avenida entre Calles 29 y 30, San Felipe Estado Yaracuy, así mismo se notifique mediante oficio al ciudadano Alcalde de dicho Municipio, del mismo domicilio, a fin de que comparezcan por ante el Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, asistido de abogado o representado por medio de apoderado, a las ONCE (11:00 a.m.) de la mañana del décimo (10º) día hábil siguiente una vez transcurridos Cuarenta y cinco (45) días continuos posteriores a la constancia en autos de la última notificación, lapso este, que se concede como Privilegio Pr.....