este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la pretensión contenida en la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO POR VÍA PRINCIPAL incoado por la ciudadana Denneth Coromoto Oropeza Noguera, venezolana, portadora de la cédula de identidad Nº V-12.279.347, quien actúa en representación del ciudadano Emmanuel Vaccaro Oropeza, venezolano, portador de la cedula de identidad Nº V-33.954.025, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Alexander José Fernández Martínez, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-10.406.838, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 260.152, contra los ciudadanos, Alexis Antonio Sánchez Noguera, Ninfa Isvelis Sánchez de Tovar, Elvia Mercedes Sánchez Noguera, Vilma Ismelda Sánchez Noguera, vene.....