Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por las ciudadanas DIOLYS VANESSA DONA AGUILERA Y TERESA DEL CARMEN BASTARDO MUNDARAY, con el carácter de cónyuge y madre respectivamente del de cuyus ciudadano CESAR JOSE PÉREZ BASTARDO, titular de la cédula de identidad Nro. 11.343.352, en contra de la empresa CONSTRUCCIONES VIGA C.A. SEGUNDO: se condena a la empresa a pagar a las demandantes las siguientes cantidades:
a) Por concepto de Prestaciones Sociales la cantidad de CUARENTA Y DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLIVARES CON OCHENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 42.151.297,83)
b) Por concepto de Indemnización por muerte de conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo la cantidad de DIEZ MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL BOL.....