Este Tribunal revisada la solicitud y analizados los recaudos presentados y los dichos realizados por los ciudadanos SUSANA ISABEL GUTIÉRREZ ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.554.558 y ERNESTO RAMÓN COLMENAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.464.533, debidamente asistidos por el Abogado WALTER JESÚS AGUIAR, INPREABOGADO Nº 74.379se consideran cumplidos los supuestos y requisitos del artículo 185-A, para la procedencia de la solicitud, y así se declara.
Por las razones expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos SUSANA ISABEL GUTIÉRREZ ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.554.558 y ERNESTO RAMÓN COLMENAREZ, venezolana, mayor de .....