Este Juzgado Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana YAMIZAID JOSEFINA LOPEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.339.413, Sin Perjuicios de Tercero de Igual o Mejor Derechos, sobre una bienhechuria construida en un lote de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (INTi), el cual se encuentra ubicado en la Calle principal de Palo Grande, Comunidad de Palo Grande, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, que mide aproximadamente MIL OCHOCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y SIETE CENTIMETROS ( 1.890,97 Mts2), en un área de construcción real de CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON DIECISIETE CENTIMETROS (46,17 Mtrs2)