Por las razones antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de TITULO SUPLETORIO formulada por el ciudadano JOSÈ PANTALEÒN MORA GARCÌA, venezolano, mayor de edad, portador de las cédula de identidad Nº V-4.967.475, asistido en este acto por el abogado por el acto por la abogada INGRID MORA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 140.184, por existir razones suficientes y visto el contenido de las declaraciones dadas por los testigos promovidos y evacuados. En consecuencia, se DECRETA: TITULO SUPLETORIO de DOMINIO a favor del ciudadano JOSÈ PANTALEÒN MORA GARCÌA, venezolano, mayor de edad, portador de las cédula de identidad Nº V-4.967.475