Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana YANNET COROMOTO MONSALVE SEVILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.209.506, en su condición de madre de los adolescentes (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), , proceda a cobrar por ante el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS (IPSFA) la suma de dinero que le correspondía al De Cujus, ciudadano GUSTAVO WLADIMIR HERRERA CARRILLO, quien en vida era Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.196.295, por concepto de Prestaciones Sociales, asimismo, se autoriza a la referida ciudadana a realizar todos los tramites que se requieran por ante las instituciones a las que corresponda, para cobrar dicho beneficio y cualquier otro que se desconozca y que redunde en interés de los referidos adolescentes y de la niña .....