Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda el Archivo de las actuaciones, a favor de los adolescentes: Ramírez Agüero Jhoan José de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.439.789, soltero, estudiante, natural de Yaritagua, y residenciado en la Urbanización La Mora, calle 2 y el adolescente Marcos Chacón Rivas de 15 años de edad, Indocumentado, Soltero, Estudiante, natural de Yaritagua, residenciado en La Mora calle 4 N° 2, por la comisión del delito de resistencia a la Autoridad de tipo agravado previsto en el artículo 219 del Código Penal Venezolano conforme a lo previsto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal norma supletoria que rige la materia especial.