este Juzgado de Primera Instancia Penal, en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, adscrito al Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa instruida al adolescente JOHAN MANUEL VALERA CÓRDOBA de las características ya señaladas, por el delito de HURTO SIMPLE, previsto en el artículo 453 del Código Penal derogado, en perjuicio del ciudadano MIGUEL ÁNGEL RIVAS GARCÍA, de conformidad con el artículo 561, literal d) de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 318, numeral 3 y 48, numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.