Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la demanda de NULIDAD DEL ASIENTO REGISTRAL DEL TITULO SUPLETORIO y REIVINDICACION DE PROPIEDAD incoada por los ciudadanos: ciudadanos CARMEN ADELAIDA MORANTE PALMARES, LESBIA JOSEFINA MORANTE PALMARES y LEONARDO ALBERTO MORANTE PALMARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.933.804, V-8.952.730 y V-8.928.335, contra la ciudadana CARMEN RAMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.616.501.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Publíquese, Diarícese, regístrese y déjese constancia en los sitios web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, así como copia para el copiador de sentencias.
Dado, f.....