PRIMERO este Juzgado Superior Agrario actuando como Tribunal de Primera Instancia Agraria, se declara COMPETENTE material, territorial y funcionalmente para conocer del presente asunto, en virtud de ir directamente en contra el INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (Inti), contra la cual se actúa indirectamente. Así se declara.-
SEGUNDO: se declara SIN LUGAR la Medida Cautelar de protección Agroalimentaria interpuesta por el ciudadano Simón Alberto Mendoza Salazar, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.376.709, asistido por el abogado Hernán Tamayo Castillo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el n°54.799. Así se Declara. -
TERCERO: SE HACE NECESARIO la notificación de la parte por haber sido el presente fallo proferido fuera del lapso legal correspondiente. Así se declara.-
CUARTO: NO HAY condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión. Así se declara.-