Por todo lo anteriormente planteado, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACIÓN y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, efectuado por la abogada IVES GARCÍA GAFARO, inscrita en el Inpreabogado según matrícula N° 201.188, parte demandante, y convenido por el por el ciudadano MADYAN SULEIMAN, titular de la cédula de identidad N° 24.633.011, parte demandada asistido del abogado DUMAN RODRÍGUEZ, inscrito en el Inpreabogado según matrícula N° 27.327, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia, se declara terminada la acción.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medid.....