PARTE DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA de este Tribunal para conocer de la presente acción de amparo constitucional, interpuesta por los ciudadanos ROGELIO ANTONIO VILLARREAL BRICEÑO, JOSÉ GREGORIO MOLINA ALBARRÁN, RAMÓN ALFONSO PAREDES RIVAS, HILARION ALBERTO VILLAMIZAR VERGARA, JULIO CÉSAR RIVAS VILLARREAL, JOSÉ ALFONSO OSUNA SANTIAGO y LUVI ROSA MONTILLA PAREDES, con la asistencia jurídica profesional de los abogados JOSÉ HUMBERTO RAMÍREZ, FLOR ESTELLA SÁNCHEZ AVENDAÑO y VANESSA CAROLINA REYES MORENO, en contra de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE TRANSPORTE NIEVE DEL CONDOR, S.R.L., representada por sus Directivos, ciudadanos: JOSÉ ANTONIO ALARCÓN ANDRADE, PEDRO MANUEL PAREDES TORO, EDGAR MANUEL RIVAS .....