DECLARA
PRIMERO: SE NIEGA LA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO solicitada por la parte demandante sobre bienes que son "quedante de la comunidad" específicamente sobre un vehículo CLASE MINIBÚS, TIPO COLECTIVO, MARCA CHEVROLET, MODELO P31, USO TRANSPORTE PÚBLICO, COLOR BLANCO MULTICOLOR, AÑO 1995, NÚMERO DE PUESTO 28, PLACA 55BAA7U, por no llenar ni cumplir con los extremos de ley.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas procesales por la naturaleza de la decisión.