DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Inadmisibilidad por Extemporánea la Oposición interpuesta por el ciudadano RAMÓN A. RODRIGUEZ ARCILA, titular de la cédula de identidad Nº 3.400.569.
Se deja expresa constancia que la presente decisión ha sido dictada y publicada dentro del lapso legal establecido para ello.
Publíquese -incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia-, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a los doce (12) días del mes de mayo de dos mil.....