En mérito de las anteriores consideraciones y revisadas las circunstancias particulares del presente caso, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de EXTENSIÓN DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR A LA ABUELA PATERNA (FIJACION), de conformidad con el artículo 388 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, incoada por la abogada REINA ZOLAIME COLMENARES AGUILAR, Fiscal Séptima del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, actuando a solicitud de la ciudadana IRIS LUZ GAINZA DIAZ, en beneficio del niño "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA", en contra de la ciudadana YOYLEES MARLIN CASTILLO VARGAS. Quedando establecido el régimen de convivencia familiar en los siguientes términos: .....