Por cuanto se evidencia en autos que conforman el presente expediente que los ciudadanos ROGER EDUARDO, RONNY EDUARDO Y RANEIBYS FABIOLA DALIZ CHAVEZ para el año que discurre han alcanzado la mayoría de edad ; por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN POR MAYORIA DE EDAD DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN (COLOCACIÓN FAMILIAR), interpuesta JESUS HUMBERTO MENDEZ MINTILLA actuando con el carácter de fiscal auxiliar de la fiscalía séptima del Ministerio público de la circunscripción judicial del estado Yaracuy, a favor para ese entonces los niños, Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, en contra de la ciudadana HILDAMAR CHAVEZ venezolana,, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 6.614.627 . Y así se de.....