En fuerza de las razones expuestas este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JESUS ARMANDO GIL Apoderado Judicial de la empresa FUENTE DE SODA Y RESTAURANT CAPRI, C.A. contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy en fecha 23 de mayo de 2007, con motivo del Juicio de ACCIDENTE DE TRABAJO Y OTROS CONCEPTOS incoado por la ciudadana SAIMA GESSANA CACERES.
SEGUNDO: SE REVOCA PARCIALMENTE el auto de fecha 23-05-07 y se ordena al Tribunal a-quo admitir la prueba contenida en el capitulo IV del escrito de pruebas de la demandada.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza de la presente decisión