este Juzgado de Primera Instancia de Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley procede a declarar CON LUGAR la querella interdictal de Amparo a la Posesión intentada por el ciudadano HECTOR ANTONIO CARPINTERO, identificados en autos, contra de la ciudadana DIOMEIRA JOSEFINA PADILLA, también identificada en autos; como consecuencia de la referida declaratoria con lugar de esta demanda, la DIOMEIRA JOSEFINA PADILLA, debe cesar la perturbación de los terrenos de quince (15) hectáreas, materializados por la penetración de la querellada en el referido fundo denominado " El Frío".