este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana KIONA JULIETA TORRES VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.611.860, sobre una bienhechuría construida en un área de terreno propiedad municipal, ubicado en la carretera panamericana, sector Las Tejitas, Cocorote, Jurisdicción del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy