Actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano: DANIEL JOSE ALVAREZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nros.V-10.366.522, Sin Perjuicios de Terceros de Iguales o Mejores Derechos, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en la Calle 22, entre Avenida 2 y Vereda 8, Comunidad Peguaima Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, con una superficie que mide: DOSCIENTOS VEINTISEIS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTIMETROS (226.76 mts 2)