En mérito de los razonamientos antes expuestos, Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, formulada por la ciudadana DAMARYS THAIRIS HURTADO CORDERO, Plenamente identificada en autos, contra del ciudadano: YERBIN JOEL EZEQUIEL CUEVA HERNANDEZ, identificado en auto, a favor de los niños IDENTIDAD OMITIDA, en consecuencia fija el aumento de la obligación Alimentaria mensual en la cantidad de DOSCIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 220.000,oo) mensuales, los cuales deberán ser descontados y retenidos del sueldo que devenga mensualmente el Demandado de autos, mediante la Nomina del Instituto Autónomo de Policía del Estado Yaracuy (I.A.P.E.Y) y ser depositados en la cuenta de ahorro Nº 01082420670200180569 del Banco Provincial a partir de la segunda quincena del mes de Noviemb.....