se realizò audiencia preliminar y ambas partes llegaron a un acuerdo, por tanto decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada, por lo que el actor debe en un lapso perentorio de cinco (05) días contados a partir de la presente fecha, exclusive, informar el cobro efectivo de los cheques, caso contrario se entenderán cobrados los mismos.