Esta Corte de Apelaciones declara, Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación presentado por los Abogados Marvis Yolitza Jiménez y Ramón Alfonso Maita, defensores privados del imputado Angel José Vera, contra la decisión dictada en fecha 21/10/2008, por el Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal. Segundo: DECLARA CON LUGAR el tercer punto recursivo en apelación interpuesto en fecha 28-09-2008, por la Defensa Privada del ciudadano imputado Ángel José Vera Marcano; recurso este presentado contra la decisión publicada en fecha 21-10-2008 por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró MANTENER LA ORDEN DE APREHENSIÓN decretada en fecha 05-08-2008, y DECRETÓ LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad a lo establecido en los artículos 250 y 251 ordinal 2° y 3° y parágrafo primero del Código Órgano Procesal Penal contra el ciudadano Ángel José Vera .....