ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado depositará la cantidad de Doscientos Bolívares (Bs. 200,oo) semanales, en la cuenta de ahorros N° 1750173980060859266 del Banco Bicentenario, a nombre e la demandante de autos, ciudadana María Meza Alvarado, la cual será notificado el respectivo numero de cuenta por medio de boleta a dicho ciudadano para que haga los respectivos depósitos e igualmente aportará el cincuenta por ciento (50%) de los gastos de medicina, asistencia médica, aguinaldos y estrenos en el mes de diciembre. Dicha cantidad corresponde al 52% del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. 1.548,00), y se incrementará en la medida en que aumente el ingreso que por concepto de sueldos perciba el obligado de autos o el incremento de los ingresos percibidos producto del ejercicio libr.....