, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del municipio Bruzual de la circunscripción Judicial del estado Yaracuy, declara terminado el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, interpuesta por la ciudadana KAROLAI NICOL ROBLES REA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-27.492.689, contra el ciudadano JHOENDER ALEXANDER ACOSTA BRACHO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-25.928.780, actuando en su carácter de madre de los niños "IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA" de cinco (05) años de edad.