Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana LIYIMARI MILEIDA VARGAS OVIEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.881.998 de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurias que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno propiedad de Promociones Campo Elías C.A; que mide DOSCIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS CON VEINTICUATRO CENTIMETROS ( 210,24 mts 2) con un área de construcción de DIECISEIS METROS CUADRADOS (16,00 Mts2), Ubicado en la Calle 2 entre avenidas Che Guevara y avenida 3 de la comunidad de San José de Bruzual de la Ciudad de Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy