Por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el recurso ordinario de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante y, "CON LUGAR" la apelación ejercida por la parte demandada contra la sentencia dictada en fecha 30 de octubre de 2013 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD ABSOLUTA de la sentencia recurrida, así como de todo lo actuado y decidido a partir del auto de admisión, exclusive y, en consecuencia SE ORDENA REPONER LA CAUSA al estado de fijar nueva oportunidad para celebrar la audiencia preliminar, previa notificación mediante oficio, dirigido al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLIC.....