este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA con lugar la solicitud de rectificación de acta de nacimiento presentada por el ciudadano CARLOS ALBERTO ESCORCIA GARCIA, venezolano, mayor de edad, sin cedula de identidad, domiciliado en el Vigía, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, debidamente asistido por el abogado en ejercicio ELIO RAFAEL LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 10.235.419, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 62.869 y jurídicamente hábil.- En consecuencia, se declara RECTIFICADA la partida de nacimiento del ciudadano CARLOS ALBERTO ESCORCIA GARCIA, anteriormente identificado, en el sentido de que en lo sucesivo apa.....