En consecuencia, y vista la partición amistosa efectuada por ambos ciudadanos LIZETTI YALINDA HERNÁNDEZ AGÜERO y JOSÉ LUIS SÁNCHEZ LÓPEZ, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bolívar, Manuel Monge y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SE HOMOLOGA LA PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, existentes entre los ciudadanos LIZETTI YALINDA HERNÁNDEZ AGÜERO y JOSÉ LUIS SÁNCHEZ LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, de estado civil Divorciados, titulares de la cedulas de identidad Nos. V- 7.552.906, V-7.557.744 respectivamente, la primera domiciliada en la Calle N° 02, casa N° 07, sector III, Urbanización Las Malvinas, Aroa, municipio Bolívar del estado Yaracuy y el segundo en la Calle Páez, Casa N° 41, Barrio Chupulún, Aroa, Municipio Bolívar del Estado Yaracuy, en la forma por ellos co.....