Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la oposición al embargo formulada por el Banco Provincial S.A. Banco Universal, en virtud de haber operado la cosa juzgada en la decisión dictada por este Tribunal en fecha 05 de marzo de 2009.