Se emitió auto fundamentado, en el cual por la negativa del oferido en recibir lo ofertado se ordeno dar por terminado la presente solicitud, de conformidad con el criterio asumido por la Sala de Casación Social el Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del magistrado Alfonso Valbuena y en consecuencia se ordeno el cierre y el archivo del presente expediente una vez quede firme la presente decisión.