este Tribunal de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana NAIDA JOSEFINA SÁNCHEZ MUJICA, quien es venezolana, mayor de edad y portadora de la cédula de identidad N° 826.085, la cual está inserta bajo el Nº 125, folio 32, de los libros de nacimientos llevados por la Oficina de Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Yaracuy para el año 1942. En tal sentido, donde aparezca el siguiente error, sea corregido de la manera que a continuación se expresa: En la Partida de Nacimiento se lee: "ESTHER MUJICA DE SANCHEZ", es decir; que trascribieron erróneamente nombre de la madre de la ciudadana solicitante, siendo esto totalmente incorrecto, por cuanto lo correcto es: ".....