En razón a todo lo anterior este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción del Estado Monagas, impartiendo Justicia de conformidad con lo establecido en el artículo 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la inhibición realizada por el Abogado LUIS ENRIQUE SIMONPIETRI en su condición de JUEZ TITULAR DEL JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO, CIVIL-BIENES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS con COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION SUR-ORIENTAL, por considerar que se encuentra incurso en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.