DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley y de conformidad con las disposiciones contenidas en los Artículos 76 Constitucional en concordancia con lo contenido en los artículos 8, 30, 365, 369 de la LOPNNA declara PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la Ciudadana CELIA DEYHANIRA LINARES SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.915.904, domiciliada en la urbanización sector Canta Rana, Municipio San Felipe, estado Yaracuy, en su condición de madre y representante legal de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA quien se encuentra asistida por la abogada ANA FLORES, Defensora Pública Auxiliar Tercera, adscrita al Sistema Autónomo de.....