Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, CONDENA a HEBER GIOVANNY ARROYO PEÑA, Titular de la cedula de identidad Nº 14.094.687, taxista, 29 años, residenciado en la calle El Naranjal con avenida 02, casa de color marrón, Municipio Cocorote Estado Yaracuy; en virtud de la ACUSACION interpuesta por el Fiscal 5° del Ministerio Público por el delito de FALSA ATESTACION previsto y sancionado en el Artículo 320 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal , a cumplir la pena de SEISS (06) MESES DE PRISIÓN así como a las penas accesorias previstas en el Artículo 16 del Código Penal; igualmente se le condena al pago de las costas procesales de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Orgánico Procesal Penal.