DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Inadmisible In limini Litis la Solicitud presentada por la ciudadana DORIS CELESTE VILLASMIL, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad NºV- 15.378.479, del mismo domicilio y civilmente hábil, mediante PODER GENERAL, que le fue conferido en fecha 16 de Noviembre del año 2022, ante el Registro Público del Municipio Sucre del Estado Mérida, inscrito bajo el Numero 50, folio 358 del tomo 5 del Protocolo de Transcripción del presente año, por el ciudadano IVO ANTONIO ROJAS VIELMA, venezolano, mayor de edad,
soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9.029.325, domiciliado, en Lagunillas Municipio Sucre del Estado Bolivari.....