Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha veintiocho (28) de julio del año dos mil diez (2010), dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: "SE CONFIRMA" la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia se declara "PARCIALMENTE CON LUGAR" la demanda por cobro de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos laborales derivados de la relación de trabajo, incoada por la ciudadana MARÍA CENOBIA SEQUERA TOLEDO contra la empresa "AGRO 21", C.A., ambas partes plenamente iden.....