En consecuencia, por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, se declara INCOMPETENTE para conocer del juicio de estimación e intimación de honorarios profesionales, incoada por el abogado Balmore Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.902, actuando en su propio nombre en contra la empresa AGRO 21, C.A., representada por la ciudadana Beatriz Lesseur Rojas, titular de la cédula de identidad N° 88.502, y DECLINA EL CONOCIMIENTO DEL MISMO en el Juzgado de Municipio con competencia en lo Civil de esta Circunscripción Judicial a quien corresponda por distribución, por lo que se acuerda la remisión del presente expediente en su oportunidad.