Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, conjuntamente ejercido con Medida de Suspensión de Efectos, por la representación judicial de la sociedad mercantil ESTACION DE SERVICIO JAIME II, C.A., contra el acto administrativo dictado por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DE LOS ESTADOS LARA, TRUJILLO Y YARACUY del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), contenido en la Providencia Administrativa Nº PA-US-LTY/038-2012, de fecha 03 de mayo de 2012. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo antes señalado, se deja sin efecto la Medida Cautelar de Suspensión de Efectos del Acto Administrativo acordada en fecha 26 de noviembre de.....